

El contrato de seguro es oneroso. Es decir, una de las partes –el Tomador del seguro- debe pagar un precio por la cobertura del riesgo asumida por el Asegurador. Al precio del seguro se le denomina prima.
Una de las características de la prima de seguro es su pago por adelantado. De hecho, uno de los desencadenantes imprescindibles de los efectos del seguro es el pago previo de la prima.
Dadas las características propias del seguro, podemos afirmar que la prima no resulta de los costes del Asegurador por siniestralidad y gastos, sino que es producto de una estimación de estos costes, hecha a priori y en base a la cual se fijan las primas para cada riesgo.
El Art 25.6 de la Ley 6/2004 establece que las tarifas de primas no estarán sujetas a autorización administrativa si son objeto de remisión automática a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, pero ésta podrá requerir su presentación siempre que lo considere pertinente.
Destaquemos lo que a raíz de lo regulado por la LCS se constituye como características propias de la prima de seguro:
Las primas sucesivas deben pagarse a su vencimiento. De no ser así, la cobertura del asegurador queda suspendida un mes después del día de su vencimiento.
Cuando el Asegurador calcula el precio, la prima, que por adelantado debe cobrar a sus clientes, los Tomadores, debe tener en cuenta los siguientes componentes:
Este camino relatado es el que sigue la confección de las TASAS DE PRIMA. Las tasas son un tanto por mil o por cien que debe aplicarse a un parámetro (capital asegurado, facturación, coste de la obra, …).
Veamos como de un modo paralelo al explicado se obtiene la tasa que una vez aplicada nos dará la prima:
Encontramos diversas clasificaciones. Las más usuales son:
La prima variable corresponde a los mutualistas de mutuas a prima fija en las que, por ser a la vez asociado a la mutua, el tomador es partícipe de los resultados positivos o desfavorables de la mutua. De modo que, si hay excedentes, se distribuyen entre los mutualistas con una reducción de la prima inicialmente satisfecha. Si existen pérdidas, si es mutua a prima fija tiene lugar una derrama pasiva y son ello también una modificación del importe inicialmente satisfecho.
Se denomina cuota a los importes satisfechos en los seguros contratados con mutuas a prima variable. Anualmente se establecen los importes con que atender a los siniestros y estar cubiertos. Para disponer de recursos con los que atender siniestros y estar cubiertos, al suscribir el seguro se hacen aportaciones (cuotas) al fondo mutual en el que se ha entrado.