2.5. El riesgo

El riesgo es la posibilidad de que se produzca de modo fortuito el suceso previsto. Suceso prematuro, temido o anormal y económicamente desfavorable.

2.5.1. Elementos del riesgo

Desde un punto de vista de técnica aseguradora el riesgo ha de ser:

  • Ha de existir la probabilidad de riesgo. Debe “poder suceder”.
  • Debe existir una relativa incertidumbre. Si desaparece la aleatoriedad falta un principio básico del seguro.:

Nota:

«En el seguro de vida-riesgo la aleatoriedad reside en cuándo se producirá el fallecimiento)»

  • FORTUITO. El riesgo debe provenir de un acto o acontecimiento ajeno a la voluntad humana. No obstante, es asegurable el daño causado por un tercero ajeno al círculo contractual de la póliza.
  • ECONÓMICAMENTE DESFAVORABLE. Debe producir un perjuicio económico al asegurado, valorable monetariamente.

 

2.5.2. Clases de riesgos

Los riesgos se pueden clasificar desde muchos puntos de vista: los criterios más utilizados en el seguro son:

  • POR SU NATURALEZA
    • Es el que se deriva de un conjunto diverso de circunstancias relativas al asegurado, y difícilmente objetivables, que normalmente solo conoce el asegurado. Aun así son importantes para la valoración del riesgo por el asegurador.
    • Es el que se define por y describe por el conjunto de circunstancias que se dan en el riesgo y que definen su composición. Su conocimiento es básico para determinar la prima.
  • POR SU MAGNITUD
    • Son los que responden a las pautas normales de contratación en el mercado asegurador.
    • Los que por su naturaleza y magnitud de sus causas y efectos escapan a la posibilidad de cobertura del seguro normal, siendo precisas fórmulas especiales para su aseguramiento. En España normalmente este aseguramiento se da mediante el Consorcio de Compensación de Seguros.
  • POR EL SUJETO SOBRE EL QUE RECAE EL RIESGO
    • DE PERSONAS. Afectan a las personas en su salud, integridad o existencia.
    • DE DAÑOS. Afectan a los bienes y al patrimonio del asegurado.
  • POR LA POSIBLE INTENSIDAD DEL SINIESTRO
    • HOMÓGRADOS. Si el siniestro llega a producirse, su intensidad solo puede ser una. Ejemplo: seguro para caso de fallecimiento.
    • HETERÓGRADOS. En caso de producirse el siniestro, su intensidad puede ser variable. Ejemplo: incendio de una vivienda, que puede destruirlo todo o una parte, y ésta puede ser variable.
  • POR SU ESTABILIDAD EN EL TIEMPO
    • Su naturaleza no varía de modo perceptible a lo largo de la duración del seguro. Una casa asegurada de incendios.
    • Ven modificada su naturaleza con el paso del tiempo. Ejemplo: el riesgo de muerte en el seguro de vida.

2.5.3. Asegurabilidad del riesgo

Se trata de la posibilidad de que el riesgo pueda ser objeto de cobertura por un seguro, es decir, que se den las circunstancias que la ley exige y que la práctica aseguradora necesita para poder asumirlo.

  • Debe tratarse de un hecho incierto y posible.
  • Este hecho eventual no debe haberse producido todavía.
  • Su ocurrencia debe ser independiente de la voluntad consciente y deliberada del asegurado.
  • La causa no debe ser una actividad ilícita o dolosa del asegurado.
  • Que la operación de seguro no sea fuente de lucro para el asegurado.